Deberes y Derechos del socio

Deberes de los miembros de la ADAA
  • Cumplir y hacer cumplir los estatutos, sus reglamentos y todas aquellas resoluciones del pleno de la Asamblea y del Gabinete Directivo.
  • Participar en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias, como en todo acto relacionado a la Asociación con voz y Voto en las deliberaciones de dichas Asambleas, previo cumplimiento de todas sus obligaciones sociales.
  • Asistir puntualmente a las reuniones a que sean convocados (por lo menos en un 80%).
  • Solicitar datos e informaciones que sean necesarios a la Secretaria General.
  • Prestar colaboración necesaria que le solicite la Institución para el fiel cumplimiento de sus fines.
  • Participar en los trabajos y comisiones que les sean encomendadas por el pleno de la Asamblea y por el Gabinete Directivo.
  • Pagar puntualmente las cuotas Ordinarias y Extraordinarias que les sean establecidas tanto por el pleno de la Asamblea, como por el Gabinete Directivo.
Derechos de los miembros de la ADAA
  • Elegir y ser elegido de conformidad con los estatutos.
  • Presentar iniciativas, peticiones y consultas en todos aquellos asuntos que se consideren de interés general o particular para cada uno.
  • Requerir la intervención de la Asociación en los asuntos que lo afecten y que estén dentro del Marco Legal.
  • Mencionar su calidad de miembro de esta Institución en todas sus actividades, como de hacer uso de la insignia social y de cualquier otro distintivo que fueran adoptados.
  • Asistir a todas las reuniones a que sean convocadas.
  • Recibir de parte de la Asociación, los datos e informaciones que le sean solicitados.
  • Postularse para los trabajos y comisiones que resulten de su interés, que sean recomendadas por el pleno de la Asamblea y por el Gabinete Directivo.